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Sala Tercera referente a renuncia de magistrda suplente
María Isabel Hernández Guzmán, Poder Judicial el 31-10-2010, 01:05 (UTC)
 LA SALA TERCERA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Ante la renuncia al cargo que ha presentado la señora magistrada suplente Ana Eugenia Sáenz Fernández, se permite aclarar:

1.- Que la magistrada suplente Ana Eugenia Sáenz Fernández integró este Tribunal en varias ocasiones, para conocer sobre múltiples causas, conforme corresponde al trabajo ordinario de un magistrado suplente.

2.- Una de las causas asignadas a la magistrada suplente Sáenz Fernández, por rol, ante la jubilación del ex magistrado titular, fue la del caso No. 04-005356-042-PE, contra Rafael Ángel Calderón Fournier y otros, por el delito de Peculado y otros en perjuicio de la Caja Costarricense de Seguro Social.

3.- Existe una norma legal según la cual los magistrados que intervienen en la audiencia oral son los que deben resolver el asunto. Lo anterior, para garantizar a las partes el derecho a ser escuchados antes de tomar la decisión. Esta regla sólo se exceptúa con el consentimiento de las partes y por razones debidamente justificadas.

4.-En el caso referido, la audiencia oral fue llevada a cabo en el mes de junio del 2010. Para ese mes, como ya se apuntó, estaba nombrada la Magistrada Sáenz en sustitución del titular que se había acogido a la jubilación y, por tratarse del grupo de trabajo a cargo de la instrucción del asunto, debía en momento futuro asumir la elaboración del anteproyecto a discutirse por el pleno de la Sala.

5. A la fecha de su renuncia, la Magistrada Sáenz, quien en principio debía asumir la instrucción del caso, no tuvo la posibilidad de tener el expediente para la elaboración del proyecto; primero, por cuanto su nombramiento en esa plaza fue sólo por el mes de junio y en los meses sucesivos la ocuparon diferentes suplentes, conforme lo ordinario; y segundo por cuanto no había llegado el momento procesal en el que ella tuviera aún la revisión del expediente.

6. Lo anterior se debió a que de acuerdo con el sistema de trabajo normal de la Sala, un equipo profesional prepara un anteproyecto, el cual es remitido al magistrado (a) instructor (a) para que lo revise, ordene los cambios que considere necesarios y lo haga circular, ya como proyecto, entre los restantes magistrados intervinientes para su discusión y decisión final.

7. En casos de cierta complejidad, la confección del anteproyecto tarda un poco más porque deben realizarse todos los trámites administrativos de ingreso de la causa, debe también asegurarse que todos los atestados estén en orden, valorarse el alcance del fallo, ordenarse la prueba, ubicar las evidencias, tener claridad sobre los recursos interpuestos y los motivos alegados, para luego poder elaborar los borradores de resolución.

8. Así entonces, en vista de que no se había llegado a la última fase del procedimiento, es decir, a tener el borrador o anteproyecto de resolución, la funcionaria dicha no había tenido oportunidad de elaborar esa presentación. Para trabajar en la revisión del anteproyecto, tenía que ser nombrada nuevamente, con dedicación exclusiva, como lo exigen las características de esta causa, lo cual tendrá que darse de cualquier forma con el magistrado o magistrada que sea asignado en definitiva.

9. Esta Sala está solicitando a la Presidencia de la Corte, la designación del magistrado o magistrada que deba sustituir a la Licenciada Sáenz Fernández, mediante el sorteo correspondiente y se espera que el caso esté resuelto en los primeros meses del año entrante. De esta manera, la salida de la magistrada suplente no ocasionará al trámite previsto en esta causa ningún atraso significativo, circunstancia que sólo se puede ver afectada por aspectos objetivos como el volumen de trabajo, las agendas saturadas y los requerimientos de las partes.

10. Ya se consultó a todos los involucrados en esta causa si consideraban necesaria la repetición de la vista oral. Todos los que hicieron uso del derecho a responder se manifestaron negativamente. Se cuenta con el video grabación de esa vista, que está a disposición de las partes y los jueces que intervienen, para despejar cualquier duda que pudiera presentarse.

11. Respetamos la decisión que ha tomado la Licenciada Sáenz Fernández, así como su trayectoria y servicios prestados al Poder Judicial.

12. De esta manera, el recurso de Casación en trámite, se desarrollará con estricto apego a la ley y al debido proceso, para asegurar una sentencia justa y responsable, tal y como se procura en todos los asuntos que deben atenderse en la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia.


Magistrado José Manuel Arroyo Gutiérrez
Presidente


Magistrada Magda Pereira Villalobos


Magistrado Jesús Ramírez Quirós


Magistrado Carlos Chinchilla Sandí
 

DEBEN COORDINAR ACCIONES Y DISPONER LO NECESARIO PARA REALIZAR CIRUGÍA NEGADA A USUARIO
Melania Chacón Chaves, Poder Judicial el 31-10-2010, 01:01 (UTC)
 Hospital de Heredia

DEBEN COORDINAR ACCIONES Y DISPONER LO NECESARIO PARA REALIZAR CIRUGÍA NEGADA A USUARIO

Hospital negó intervención por falta de camillas

El recurrente interpuso el recurso de amparo porque sufrió un accidente de tránsito y como consecuencia de esa situación fue trasladado al Servicio de Emergencias del Hospital San Vicente de Paúl, donde fue internado por una noche. El diagnóstico de la Caja Costarricense de Seguro Social le indicó que debe operarse un tobillo, cirugía que le negaron en el Hospital San Vicente de Paúl con la excusa de que no habían camillas.

El recurso de amparo fue declarado con lugar por el Alto Tribunal Constitucional estableciendo a “Roony Arias Blanco, en su calidad de Jefe del Departamento de Servicios de Salud del Instituto Nacional de Seguros y a Jorge Fonseca Renauld, en su calidad de Director General del Hospital San Vicente de Paúl, o a quienes en su lugar ejerzan esos cargos, coordinar acciones y disponer en forma inmediata lo necesario para que el amparado reciba de forma adecuada y oportuna el tratamiento (exámenes, medicamentos, cirugías u otros) que su padecimiento requiera, según la recomendación de su médico tratante y bajo su estricta responsabilidad” según resolución 15498-10.

Según voto se condena a la Caja Costarricense de Seguro Social y al Instituto Nacional de Seguros al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. Aunado advierten las sanciones de no acatar lo dispuesto en la resolución.
 

Empresas propaganda electoral deben inscribirse en el TSE
Cedric Solano, Tribunal Supremo de Elecciones el 31-10-2010, 00:58 (UTC)
 Empresas propaganda electoral deben inscribirse en el TSE


El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), con fundamento en lo establecido por el artículo 139 del Código Electoral, recuerda a los medios de comunicación que deseen prestar los servicios de propaganda electoral que deben inscribirse ante el TSE, específicamente ante el Departamento Electoral.
Los medios de comunicación deberán presentar ante dicho Departamento entre otros requisitos, la solicitud de inscripción con las tarifas del servicio, razón social, calidades del gestionante y el medio o lugar para oír notificaciones.
Por su parte, el Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos en su artículo 61, en su inciso 1, establece que para efecto de que sean reconocidos los gastos en que incurran los partidos políticos por concepto de propaganda en medios de comunicación colectiva, deberán verificar que las empresas contratadas para prestar estos servicios, estén debidamente inscritas ante el TSE.
 

Gobierno digital premia esfuerzo de la CCSS de incorporar planilla en línea
María Isabel Solís R., Caja Costarricense de Seguro Social el 31-10-2010, 00:52 (UTC)
 Gobierno digital premia esfuerzo de la CCSS de incorporar planilla en línea


· Funcionarios institucionales crearon, desarrollaron y pusieron en marcha el servicio.

El Gobierno Digital premió el esfuerzo hecho por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), de incorporar la autogestión planilla por el impacto que le produce a la población nacional desde su puesta en marcha.
La ingeniera Laura Morales Ureña, subgerente de Tecnologías, dijo sentirse muy feliz por la designación, puesto que este servicio de la CCSS fue elegido como uno de los tres mejores entre más de 50 proyectos que se presentaron y que pertenecen a otras instituciones, ministerios u organizaciones gubernamentales.
Morales Ureña explicó que la autogestión planilla digital tiene un impacto positivo en la Institución y en los usuarios, ya que se cumple uno de los objetivos institucionales y es acercar los servicios a la población.
La jerarca explicó que este esfuerzo se logró luego de 346 días de trabajo intenso y continuo, desde la concepción de la idea hasta la implementación y cierre.
Morales se mostró complacida al afirmar que fue personal de la CCSS (cuatro analistas de sistemas) quienes lograron crear, desarrollar y poner en marcha este esfuerzo.
La ingeniera indicó que la parte más difícil en el proceso de creación de este servicio, fue que tanto el Banco Central como la CCSS utilizan sistemas de información diferentes y había que integrarlos para poder cerrar el proyecto, pues siempre se trabajó con aplicaciones complejas de distintas tecnologías.
La CCSS junto con el Ministerio de la Presidencia y el Poder Judicial presentarán expondrán, hoy miércoles, en el III Congreso de innovación planificando el futuro las experiencias de éxito logradas con sus respectivos proyectos.
La autogestión de planilla en línea que pretende que los patronos puedan presentar, actualizar, facturar e imprimir la planilla sin tener que acudir a las oficinas de la CCSS, también impacta el ambiente, ya que se dejarán de talar 775 árboles debido al papel que se utilizaba en la impresión.

 

CCSS prepara su quinta movilización contra el dengue
María Isabel Solís, Caja Costarricense de Seguro Social el 31-10-2010, 00:51 (UTC)
 CCSS prepara su quinta movilización contra el dengue

· Voluntarios de Bridgestone y funcionarios de CCSS visitarán casa por casa a población belemita para involucrarla en lucha contra el mal.

· Holcim, RITEVE y CCSS realizan recolección de llantas en desuso esta semana.

· Empresa Wal-Mart sensibilizará a clientes para que actúen contra el mosquito transmisor.

Las distintas unidades médicas y administrativas de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), realizarán, este viernes 29 de octubre, la quinta movilización institucional contra el dengue.
De acuerdo con la doctora Rosa Climent Martin, gerente médica de la CCSS, en esta oportunidad y una vez más, la CCSS insistirá en las acciones que se deben realizar en las viviendas y en los sitios laborales, educativos y recreativos para reducir la infestación del mosquito transmisor del virus del dengue.
Según lo informó la doctora Climent como parte de esta movilización institucional, las diferentes unidades están preparando diversas actividades con un único fin: informar a la población sobre el impacto que tiene la enfermedad a nivel local y las acciones que se deben desarrollar para reducir la transmisión.
Como parte de este trabajo, la CCSS se asoció con diversas empresas privadas y por ejemplo, en la comunidad de San Antonio de Belén, voluntarios de Brigestone y de funcionarios de la CCSS visitarán las casas de esa comunidad para invitar a los belemitas a que se involucren activamente en la lucha contra el dengue.
Este esfuerzo, se realizará a partir de las 9:00 a.m. y hasta las 12:00 p.m. tiempo en el cual los voluntarios informarán a los belemitas sobre cómo eliminar criaderos y enseñarles qué deben hacer para vigilar que éstos no se vuelvan a producir.
Además, como parte de la lucha contra el dengue, BSCR estará recolectado llantas el viernes 29 de 7:00 de la mañana a 5:00 de la tarde y el sábado 30 de octubre de 7:00 de la mañana a 1:00 de la tarde en sus instalaciones. Ahí se recibirán todos los neumáticos usados que lleguen de cualquier parte del país.
Por su parte, RITEVE, HOLCIM y la CCSS continúan con la campaña de recolección de llantas en desuso en las estaciones de RITEVE ubicadas en Lagunilla de Heredia, Alajuelita y San Luis de Santo Domingo de Heredia, conocida como San José Norte.
De acuerdo con el licenciado Fernando Mayorga, gerente de RITEVE, la respuesta a esta campaña, que comenzó este lunes y se prolongará hasta el viernes, ha sido excepcional, pues ya se llenó una góndola y la empresa HOLCIM tuvo que colocar otra.
También la empresa Wal-Mart se unió a esta quinta movilización y junto con funcionarios de la CCSS efectuarán en sus tiendas una jornada de sensibilización a todos los clientes que visiten sus tiendas ese día.
 

SALA CONSTITUCIONAL REALIZARÁ VISTA SOBRE CASO DE MENOR QUE NO FUE ACEPTADA EN PRIMARIA POR RAZÓN DE SU EDAD
Sergio Bonilla Bastos, Poder Judicial el 31-10-2010, 00:44 (UTC)
 SALA CONSTITUCIONAL REALIZARÁ VISTA SOBRE CASO DE MENOR QUE NO FUE ACEPTADA EN PRIMARIA POR RAZÓN DE SU EDAD

Vista será este jueves a las 9:00 a.m, en la Corte Suprema de Justicia

¿Podrá una persona menor de edad aplicar la prueba de aptitud para ingresar a primer grado de la escuela, a pesar de que no cumple con la edad estipulada por el Ministerio de Educación Pública?

Precisamente este tema será el punto de discusión en una vista que realizará la Sala Constitucional el próximo jueves 28 de octubre, tras un recurso de amparo presentado en contra del Ministerio de Educación Pública, en donde la persona recurrente alega que realizó en tiempo y forma la solicitud correspondiente, para que la menor realizara la prueba de aptitud y así poder cursar el primer grado, sin embargo recibió como respuesta que no se le permitía realizar dicha prueba, por razón de la edad que tenía, por lo que le indicaron que debe repetir el kindergarden.

Según los alegatos que constan en el expediente 09-017303-0007-CO, “la amparada nació el 15 de enero del 2004, ya cursó y aprobó la preparatoria y el kindergarden en un centro educativo ubicado en la provincia de Alajuela. Indican que para poder ingresar al kindergarden los estudiantes deben realizar los exámenes de aptitud y tener entre seis y seis años y tres meses de edad al momento que da inicio el curso lectivo. Señalan que en el caso de la amparada al momento en que darán inicio las clases del curso lectivo del próximo año, sea el 15 de febrero, tendrá una edad de seis años y un mes. Manifiestan que la amparada ya sabe leer y escribir y tiene la madurez suficiente para entrar al primer grado de la escuela.”

Bajo dichos argumentos la menor de edad tendría aproximadamente un año menos de lo que estipula el MEP para que pueda aplicar la prueba de aptitud e ingresar a primer grado de escuela.

Quienes recurren a la Sala Constitucional señalan que con dichas disposiciones a la menor amparada se le está causando un perjuicio grave, puesto que no se le está permitiendo ejercer su derecho a la continuidad educativa.

La vista se realizará este jueves 28 de octubre a las 9:00 a.m en la Sala de Vistas, ubicada en el segundo piso de la Corte Suprema de Justicia y estarán presentes representantes del Patronato Nacional de la Infancia y de la Defensoría de los Habitantes.

El recurso de amparo fue interpuesto contra el Ministerio de Educación Pública y el Director Regional de Alajuela del MEP.
 

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