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PRESIDENTA PRESENTE EN “CAMINATA LUCHEMOS POR LA VIDA”
Emma Lizano Tracy, Presidencia de la Republica el 14-10-2010, 21:57 (UTC)
 PRESIDENTA PRESENTE EN “CAMINATA LUCHEMOS POR LA VIDA”

Como parte de las actividades realizadas por la lucha contra el cáncer, la Presidenta de la República, Laura Chinchilla Miranda, participó hoy de la “Caminata Luchemos por la vida” con el fin de apoyar este tipo de eventos para educar, concienciar y sensibilizar a los habitantes del país en las medidas preventivas contra esta enfermedad.

Muy identificada con la causa la Mandataria manifestó “la mujer no tiende a preocuparse por su salud, se preocupa más por la salud de sus hijos, de su esposo, de sus padres, y es importante que tomemos en cuenta de nuestra salud, a través de un sencillo examen, esta actividades ayudan a crear conciencia a los costarricenses para que cuiden su salud”

La Presidenta Chinchilla resaltó el reto que tiene el Estado en el fortalecimiento de la red oncológica nacional “pero recordemos que ya cuando entra el Estado y la Caja Costarricense del Seguro Social es para atender el mal que ya se produjo, lo más importante es hacer conciencia en el tema de prevención”

El evento fue organizado por la Fundación Ana Gabriela Ross y al lugar asistieron miles de costarricenses identificados por la causa.
 

TSE dicta resolución sobre caso de credenciales Alcalde de San José
Cedric Solano Ibarra, Tribunal Supremo de Elecciones el 09-10-2010, 00:08 (UTC)
 TSE dicta resolución sobre caso
de credenciales Alcalde de San José

San José, viernes 8 de octubre de 2010. El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) dictó resolución definitiva esta tarde sobre la denuncia presentada el 3 de marzo del 2009 por el Sr. Douglas Caamaño Quirós contra los señores Johnny Araya Monge y Roberto Delgado Quesada.
La denuncia pedía quitarle las credenciales de ambos funcionarios, por no residir en el lugar en el que ejercían sus cargos.
En la resolución el TSE toma tres decisiones:
a) Archivar la causa contra el Sr. Delgado Quesada pues ésta perdió interés al vencerse su nombramiento el 30 de abril de 2010.
b) Archivar la causa contra el Sr. Araya Monge por la siguientes razones:
La resolución hace una análisis jurídico de fondo, sobre el momento en que podía juzgarse la aptitud legal del alcalde josefino para ejercer ese cargo. Si bien el Código Municipal de 1998 permitía al TSE cancelar las credenciales de los funcionarios de elección popular por falta de requisitos previos a su elección, el nuevo Código Electoral de 2009 define que “ ‘después de la declaratoria definitiva de elección, ésta quedará firme para todos los efectos y, en consecuencia, no se podrá volver a tratar de la validez de ésta ni de la aptitud legal de la persona electa a no ser por causas posteriores que la inhabiliten para el ejercicio del cargo “ art.200 Código Electoral. Lo anterior significa que la falta de un requisito para ejercer la alcaldía como es el de la vecindad, sólo podía juzgarse en dos momentos: 1) cuando el Sr. Araya Monge presentó su candidatura para ese cargo de cara a las elecciones del 2006(mediante un recurso de apelación contra la inscripción de su candidatura), 2) posterior a las votaciones de diciembre de 2006 pero antes de la declaratoria de elección de ese proceso electoral (mediante una demanda de nulidad).
Ratifica entonces el TSE que el domicilio electoral debe coincidir con la residencia efectiva, de modo que, seria causal de cancelación de credencial el que un funcionario municipal de elección popular, deje de residir en el lugar donde sirve el cargo después de ser electo en éste.
EL TSE tuvo por probado que la no residencia del Sr. Araya Monge en el Cantón Central de la Provincia San José, es anterior a su elección como alcalde josefino en el 2006.
c) Enviar copia certificada del expediente al Ministerio Público, por presunto delito de falsedad ideológica del Sr. Araya Monge y del Sr. Delgado Quesada, por la siguiente razón: según la Ley Orgánica del TSE las personas son responsables por la veracidad de los datos que den en su solicitud de cédula. La inexactitud de esos datos hará incurrir al solicitante en el delito de falsedad ideológica. Las declaraciones de vecindad hechas por el Sr. Araya Monge y por el Sr. Delgado Quesada, por su eventual falsedad, podrían involucrar la conducta descrita.
 

TSE dicta resolución sobre caso de credenciales Alcalde de San José
Cedric Solano Ibarra, Tribunal Supremo de Elecciones el 09-10-2010, 00:08 (UTC)
 TSE dicta resolución sobre caso
de credenciales Alcalde de San José

San José, viernes 8 de octubre de 2010. El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) dictó resolución definitiva esta tarde sobre la denuncia presentada el 3 de marzo del 2009 por el Sr. Douglas Caamaño Quirós contra los señores Johnny Araya Monge y Roberto Delgado Quesada.
La denuncia pedía quitarle las credenciales de ambos funcionarios, por no residir en el lugar en el que ejercían sus cargos.
En la resolución el TSE toma tres decisiones:
a) Archivar la causa contra el Sr. Delgado Quesada pues ésta perdió interés al vencerse su nombramiento el 30 de abril de 2010.
b) Archivar la causa contra el Sr. Araya Monge por la siguientes razones:
La resolución hace una análisis jurídico de fondo, sobre el momento en que podía juzgarse la aptitud legal del alcalde josefino para ejercer ese cargo. Si bien el Código Municipal de 1998 permitía al TSE cancelar las credenciales de los funcionarios de elección popular por falta de requisitos previos a su elección, el nuevo Código Electoral de 2009 define que “ ‘después de la declaratoria definitiva de elección, ésta quedará firme para todos los efectos y, en consecuencia, no se podrá volver a tratar de la validez de ésta ni de la aptitud legal de la persona electa a no ser por causas posteriores que la inhabiliten para el ejercicio del cargo “ art.200 Código Electoral. Lo anterior significa que la falta de un requisito para ejercer la alcaldía como es el de la vecindad, sólo podía juzgarse en dos momentos: 1) cuando el Sr. Araya Monge presentó su candidatura para ese cargo de cara a las elecciones del 2006(mediante un recurso de apelación contra la inscripción de su candidatura), 2) posterior a las votaciones de diciembre de 2006 pero antes de la declaratoria de elección de ese proceso electoral (mediante una demanda de nulidad).
Ratifica entonces el TSE que el domicilio electoral debe coincidir con la residencia efectiva, de modo que, seria causal de cancelación de credencial el que un funcionario municipal de elección popular, deje de residir en el lugar donde sirve el cargo después de ser electo en éste.
EL TSE tuvo por probado que la no residencia del Sr. Araya Monge en el Cantón Central de la Provincia San José, es anterior a su elección como alcalde josefino en el 2006.
c) Enviar copia certificada del expediente al Ministerio Público, por presunto delito de falsedad ideológica del Sr. Araya Monge y del Sr. Delgado Quesada, por la siguiente razón: según la Ley Orgánica del TSE las personas son responsables por la veracidad de los datos que den en su solicitud de cédula. La inexactitud de esos datos hará incurrir al solicitante en el delito de falsedad ideológica. Las declaraciones de vecindad hechas por el Sr. Araya Monge y por el Sr. Delgado Quesada, por su eventual falsedad, podrían involucrar la conducta descrita.
 

TSE dicta resolución sobre caso de credenciales Alcalde de San José
Cedric Solano Ibarra, Tribunal Supremo de Elecciones el 09-10-2010, 00:03 (UTC)
 TSE dicta resolución sobre caso
de credenciales Alcalde de San José

San José, viernes 8 de octubre de 2010. El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) dictó resolución definitiva esta tarde sobre la denuncia presentada el 3 de marzo del 2009 por el Sr. Douglas Caamaño Quirós contra los señores Johnny Araya Monge y Roberto Delgado Quesada.
La denuncia pedía quitarle las credenciales de ambos funcionarios, por no residir en el lugar en el que ejercían sus cargos.
En la resolución el TSE toma tres decisiones:
a) Archivar la causa contra el Sr. Delgado Quesada pues ésta perdió interés al vencerse su nombramiento el 30 de abril de 2010.
b) Archivar la causa contra el Sr. Araya Monge por la siguientes razones:
La resolución hace una análisis jurídico de fondo, sobre el momento en que podía juzgarse la aptitud legal del alcalde josefino para ejercer ese cargo. Si bien el Código Municipal de 1998 permitía al TSE cancelar las credenciales de los funcionarios de elección popular por falta de requisitos previos a su elección, el nuevo Código Electoral de 2009 define que “ ‘después de la declaratoria definitiva de elección, ésta quedará firme para todos los efectos y, en consecuencia, no se podrá volver a tratar de la validez de ésta ni de la aptitud legal de la persona electa a no ser por causas posteriores que la inhabiliten para el ejercicio del cargo “ art.200 Código Electoral. Lo anterior significa que la falta de un requisito para ejercer la alcaldía como es el de la vecindad, sólo podía juzgarse en dos momentos: 1) cuando el Sr. Araya Monge presentó su candidatura para ese cargo de cara a las elecciones del 2006(mediante un recurso de apelación contra la inscripción de su candidatura), 2) posterior a las votaciones de diciembre de 2006 pero antes de la declaratoria de elección de ese proceso electoral (mediante una demanda de nulidad).
Ratifica entonces el TSE que el domicilio electoral debe coincidir con la residencia efectiva, de modo que, seria causal de cancelación de credencial el que un funcionario municipal de elección popular, deje de residir en el lugar donde sirve el cargo después de ser electo en éste.
EL TSE tuvo por probado que la no residencia del Sr. Araya Monge en el Cantón Central de la Provincia San José, es anterior a su elección como alcalde josefino en el 2006.
c) Enviar copia certificada del expediente al Ministerio Público, por presunto delito de falsedad ideológica del Sr. Araya Monge y del Sr. Delgado Quesada, por la siguiente razón: según la Ley Orgánica del TSE las personas son responsables por la veracidad de los datos que den en su solicitud de cédula. La inexactitud de esos datos hará incurrir al solicitante en el delito de falsedad ideológica. Las declaraciones de vecindad hechas por el Sr. Araya Monge y por el Sr. Delgado Quesada, por su eventual falsedad, podrían involucrar la conducta descrita.
 

Mañana inicia proceso de reciclaje de papeletas utilizadas en las pasadas elecciones presidenciales
Cedric Solano Ibarra, Tribunal Supremo de Elecciones el 09-10-2010, 00:02 (UTC)
 Mañana inicia proceso de reciclaje de papeletas utilizadas en las pasadas elecciones presidenciales

· Aproximadamente 105 toneladas de papel serían reciclados.
· El material reciclado se canjearía por productos de limpieza.
San José, viernes 8 de octubre de 2010. A partir de mañana y durante las próximas 2 semanas, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) comenzará el proceso de reciclaje de aproximadamente 105 toneladas de material electoral, la mayoría utilizada en las elecciones del pasado 7 de febrero, mediante un contrato de permuta de ese material por productos de limpieza, celebrado con la empresa Kimberly Clark.
Unas 90 toneladas del material a reciclar corresponde a las cerca de 9 millones de papeletas de presidente, diputados y regidores utilizado en esos comicios; otro material son remanentes de papelería usada también en ese proceso electoral y por algunas oficinas porque son desechables.
Este proceso podría durar aproximadamente 2 semanas en jornadas continuas de 24 horas, durante las cuales habrá fiscalización por parte de los funcionarios de la Contraloría Electoral. Concluida esta actividad el TSE comenzará a recibir los productos de limpieza convenidos según sus necesidades. El valor del material electoral de desecho a canjear por esos productos es de aproximadamente 6 millones 500 mil colones.
Con esa supervisión al proceso de eliminación de materiales el TSE se asegura que no aparezcan papeletas auténticas en lugares diferentes a su centro de custodia y destrucción.
Cabe recordar que el TSE, para evacuar cualquier consulta de algún interesado sobre las elecciones presidenciales, de Diputados y Regidores realizadas este año, mantiene bajo su custodia la documentación electoral del caso, como los padrones electorales, actas del escrutinio, la certificación del número de votos emitida por los miembros de cada junta receptora de votos y el telegrama de transmisión de datos.
La legislación electoral indica que el TSE podrá disponer del material electoral discrecionalmente, una vez que se haya efectuado la declaratoria de la elección respectiva.
 

Psiquiátrico celebró Día Mundial de la Salud Mental con vecinos
Damaris Marín, Caja Costarricense de Seguro Social el 09-10-2010, 00:00 (UTC)
 Psiquiátrico celebró Día Mundial de la Salud Mental con vecinos


· Cientos de niños rieron y bailaron


El hospital Nacional Psiquiátrico regaló hoy un día muy especial a cientos de niños, jóvenes, adultos y adultos mayores, todos vecinos de Finca San Juan de Pavas, con quienes celebró el Día Mundial de la Salud Mental, que se efectuará este domingo 10 de Octubre.

Desde tempranas horas, gran cantidad de vecinos de esta comunidad cercana al hospital invadió las instalaciones del salón comunal y participó en juegos, música, baile, mascaradas y de la obra cómica” El dolor de Panza” a cargo del grupo de teatro de este centro médico y que les hizo reir a todos los asistentes, en especial a los niños.

También tuvieron la oportunidad de que les tomarán la presión, su peso y además les hicieron la prueba para que conocieron como estaba su nivel de azúcar en sangre, así como escuchar a los especialistas que les hablaron sobre la importancia de tener una buena salud mental.

Para el doctor Víctor Manuel Navarrete, director del Psiquiátrico, con este tipo de actividades el hospital pretende, una vez más, proyectarse y acercase a la comunidad.

Nuestro objetivo, dijo, es que la población costarricense sepa que existen muchas alternativas para desarrollar una verdadera salud mental, cuya ausencia puede desencadenar problemas físicos, sicológicos y mentales, como la violencia familiar, depresión, consumo de drogas, ausencia laboral y entre otros.

De ahí nuestro interés, señaló el especialista, en cambiar el nombre al hospital por “Hospital Nacional de Salud Mental y Psiquiatría,” proyecto que se espera presentar en su oportunidad, a las autoridades de la Caja Costarricense de Seguro Social.

Por su parte, doctor Hugo Chacón Ramírez, jefe del Área de Atención a las personas de la CCSS, en Costa Rica al igual que en el resto del mundo, existe un deterioro importante de la salud mental, donde lo los niños y adolescentes constituyen los grupos poblacionales más vulnerables.

El profesional explicó que por lo general, estas personas no tienen la madurez biológica, mental, cultural y educacional para enfrentar todo su entorno y por lo tanto serán más propensas a desarrollar trastornos de conducta o mentales, aseveró el doctor Hugo Chacón.


 

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