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Cruz Roja lista para apoyar el traslado de pacientes al nuevo hospital en Heredia
Freddy Roman Navarro, Cruz Roja Costarricense el 07-07-2010, 22:21 (UTC)
 Cruz Roja lista para apoyar el traslado de pacientes al nuevo hospital en Heredia


La Benemérita Cruz Roja como auxiliar de los poderes públicos y buscando las mejores condiciones de vida de los costarricenses, movilizará el próximo 15 y 16 de julio, aproximadamente 60 ambulancias básicas y de soporte avanzado y 100 cruzrojistas a la provincia de Heredia para colaborar con la reubicación a las nuevas instalaciones del Hospital en Heredia.

En el operativo especial previsto para finales de la próxima semana, participarán comités auxiliares de Heredia, Alajuela y San José; voluntarios del Departamento de Salud de Cruz Roja y personal de la Dirección Nacional de Socorros y Operaciones (DINASO), y de la Dirección de Regionalización.

Se dispondrá de ambulancias de soporte avanzado y personal especializado para los pacientes de la Unidad de Cuidados Intensivos y personas con riesgos especiales o lesiones de consideración.

“Los pacientes delicados, serán llevados con prioridad, seguidamente seguiremos con las demás áreas médicas, esperamos en dos días llevar más de un centenar de pacientes a las nuevas instalaciones hospitalarias” comentó Guillermo Arroyo, Director Nacional de Socorros y Operaciones.

La Cruz Roja además de colaborar con las unidades tendrá un monitoreo de cada una de las unidades, llevará censos de los pacientes con hora de salida y llegada, instalará un área de concentración de recursos, puestos de telecomunicaciones y dispondrá personal cruzrojista en ambos hospitales.


El pasado martes se desarrolló un simulacro de los procesos de salida y llegada de pacientes, identificación de los despachos, tiempos estimados y traslado según condición médica. En el ejercicio participaron cruzrojistas de Heredia, Desamparados, DINASO, Regionalización en conjunto con personal del centro hospitalario.


“La actividad nos permitió estimar el tiempo de traslado, conocer los procedimientos de ambas institución para que el Traslado Oficial sea exitoso, principalmente para los heredianos” Walter Zárate, Director de Regionalización.

Propiamente el día de la reubicación las labores iniciarán a partir de las 7:00 a.m. y se extenderán a las 5:00 p.m y se está coordinando con la Policía de Tránsito para que colabore con la regulación de las vías de acceso al hospital para tener una mejor fluidez vehicular y mayor efectividad en la movilización de las ambulancias.
 

Este miércoles, jueves y viernes el TSE realiza trámites de cédulas en algunas municipalidades del país
Cedric Solano Ibarra, TSE el 07-07-2010, 22:20 (UTC)
 Desde la semana pasada

Este miércoles, jueves y viernes el TSE realiza trámites de cédulas en algunas municipalidades del paísCon la idea de que ningún elector se quede sin votar en las próximas elecciones municipales por no portar su cédula de identidad, funcionarios del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) visitan varias municipalidades del país, donde realizan trámites de cédula de identidad.
Desde la semana pasada están realizando estas visitas y durante este miércoles, jueves y viernes estarán, de 9 de la mañana a 3 de la tarde, en las municipalidades de Palmares, Poás, Santa Bárbara, Belén, Flores, Alajuelita, Moravia, Vázquez de Coronado, Curridabat, La Unión, El Guarco, Mora, Santa Ana, Escazú, Desamparados, Aserrí, San Isidro, San Pablo, San Rafael, Santo Domingo. También estarán en la municipalidad de Acosta, durante estos días, pero de 8 de la mañana a 4 de la tarde.
En la provincia de Limón, estarán –solamente- en las municipalidades de Guácimo y Matina, este miércoles y jueves, de 8 de la mañana a 4 de la tarde.
Para esta labor, el TSE dispondrá de 32 funcionarios que se encargarán de realizar el trámite de cédula de identidad, a la persona que así lo solicite.
Además, los usuarios podrán aprovechar la presencia de los funcionarios del TSE, para realizar reconocimientos, ocursos y evacuar cualquier consulta relacionada con los servicios que presta el TSE, a la ciudadanía en general.
Con excepción de las municipalidades de Curridabat, Vázquez de Coronado, Moravia, Alajuelita, Mora, Santa Ana, Escazú, Desamparados y Aserrí, los funcionarios del TSE, también estarán entregando cédulas de identidad, en las demás municipalidades que visiten.
Asimismo, se recuerda a la ciudadanía que el servicio de Tarjeta de Identidad de Menores, no se estará realizando durante estas visitas.
Las municipalidades que no se visitan en esta ocasión, es porque cuentan con una oficina regional del TSE cercana. Actualmente el TSE tiene 32 Oficinas Regionales alrededor de todo el país.
Desde el mes de marzo, el TSE está realizando giras por todo el país, con el fin de que todos los electores se encuentren con su documento de identidad al día y debidamente empadronados, y así poder votar en las elecciones municipales, a celebrarse el próximo 5 de diciembre.
 

DESPIDO NO PROCEDE HASTA AGOTAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Andrea Marín Mena, Poder Judicial el 07-07-2010, 22:18 (UTC)
 DESPIDO NO PROCEDE HASTA AGOTAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

· Según el fallo constitucional prevalece potestad de la Administración de suspender a trabajador con goce de salario.

Procurar que lo restituyan en su puesto hasta tanto no se agote la vía administrativa en el proceso que enfrenta ante el Ministerio de Educación Pública (MEP), fue lo que llegó a una persona a presentar un recurso de amparo.
La Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar el amparo y ordenó su restitución del cargo hasta que se resuelve el recurso de apelación, pero destacó las potestades de la Administración de establecer acciones preventivas como la suspensión con goce de salario.
“Se declara parcialmente con lugar el recurso, únicamente por la ejecución del despido. Se ordena a Leonardo Garnier Rímolo, en su condición de Ministro de Educación Pública, o a quien ocupe ese cargo, que en el término improrrogable de ocho días, contado a partir de la comunicación de la parte dispositiva de esta sentencia, restituya al recurrente Sergio Sequeira Marín, cédula de identidad Nº 1-626-785, en el pleno goce de sus derechos, sin perjuicio de la potestad de la Administración de suspenderlo con goce de salario, mientras se resuelve el recurso de apelación”, estableció la resolución 2010-8767.
El recurso lo presentó un hombre de apellido Sequeiro Marín contra el MEP, pues alegó que en esta institución pública se iniciaron dos procedimientos administrativos en su contra y como resultado de éstos, el Tribunal de Carrera Docente autorizó al Ministerio a plantear la gestión de su despido.
El amparado indicó que dicha resolución fue apelada y su molestia se dio porque aún cuando no existe una resolución definitiva y en firme del procedimiento administrativo, hicieron efectivo su despido del MEP.
En la sentencia constitucional se condenó “al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios, causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo”.
El Alto Tribunal Constitucional advirtió a la entidad recurrida que de no cumplir con lo establecido con lo dispuesto en la resolución del recurso de amparo, se exponen a una sanción de tres meses a dos años o al pago de veinte a sesenta días multas por el delito de desobediencia que establece el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
 

VISUALIZAN GÉNERO, ACCESIBILIDAD Y DERECHOS HUMANOS EN JURISPRUDENCIA
María Isabel Hernández Guzmán, Poder Judicial el 07-07-2010, 22:05 (UTC)
 Sistema electrónico clasifica y publica jurisprudencia de diversas materias

VISUALIZAN GÉNERO, ACCESIBILIDAD Y DERECHOS HUMANOS EN JURISPRUDENCIA

· Presentan CD con recopilación de sentencias con esta perspectiva.
· Agilizan búsqueda de sentencias con dicha perspectiva en Sistema Costarricense de Información Jurisprudencial.

Poner a disposición toda la jurisprudencia del Poder Judicial que contenga perspectiva de género, accesibilidad y Derechos Humanos, es lo que encierra el proyecto que presentó el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial.
Además de la presentación de un disco compacto con la recopilación de la jurisprudencia emitida por los órganos judiciales en las diversas materias, donde se destaca perspectiva de género, accesibilidad y derechos humanos, se dieron a conocer las mejoras en la página electrónica del Sistema Costarricense de Información Jurisprudencial (SCIJ), para agilizar la búsqueda de la información.
De esta manera, el proyecto procura visualizar entre la población costarricense los esfuerzos que desde hace años desarrolla el Poder Judicial, en la aplicación de la equidad de género y defensa de las poblaciones vulnerables, que se reflejan en las sentencias que emiten sus altos órganos jurisdiccionales en materia penal, agraria, civil, contenciosa administrativa, etc.
El proyecto inició en el 2008 y hoy, muestra un fuerte trabajo de recopilación, clasificación y publicación de las sentencias bajo dicha perspectivas.
De acuerdo con Vera Monge, Directora del Centro Electrónico de Información Jurisprudencial, el proyecto procuró la incorporación de los criterios de sensibilización, humanización, equidad de género dentro de las actuaciones de la administración de justicia, como parte de sus funciones primordiales y en este caso en la jurisprudencia.
Por su parte, Jeannette Arias Meza, Secretaría Técnica de Género y representante de la Comisión de Género del Poder Judicial, señaló la importancia de dicho proyecto ante la incidencia que tienen estos fallos en la variación de los paradigmas relacionados con equidad de género y poblaciones vulnerables.
Para Arias Meza, a través de la jurisprudencia se refleja cómo el Estado de Costa Rica y principalmente, el Poder Judicial cumple con las obligaciones internacionales en materia de igualdad de género y accesibilidad, con lo que se contribuye con la divulgación de la incidencia directa en la aplicación de la norma.
El proyecto contó con el trabajo de Ileana Oviedo Sáurez y Blanca Quirós Maroto del Centro Electrónico, con la colaboración de Laura Marchena Zúñiga del Departamento de Tecnologías de la Información.
Así además del CD, se puso a disposición de las personas interesadas en dicha materia, un sistema de búsqueda por tema que incorporó una opción exclusiva para la jurisprudencia con perspectiva de género, accesibilidad y derechos humanos, con posibilidad de búsqueda mediante datos de la sentencia, temas y subtemas, número de ley o por despacho y año.
También se incorpora el texto de la sentencia que hace referencia al concepto de búsqueda, por lo que la persona usuaria podrá tener a mano, el texto completo, el artículo de la ley e incluso la norma legal completa.
Se podrá navegar directamente entre los resultados de búsqueda obtenidos, gracias a esta detallada clasificación de información.
Tanto la Comisión como la Secretaría Técnica de Género del Poder Judicial impulsaron dicha iniciativa, y a través del Consejo Superior se establecieron las disposiciones para darle forma a todo este trabajo jurisprudencial que muestra el impacto que ha tenido dentro del Poder Judicial la aplicación de perspectiva de género, accesibilidad y derechos humanos, en la administración de justicia.
 

RELACIÓN DE CONVENIENCIA MUTUA NO LA REGULA DERECHO LABORAL
Andrea Marín Mena, Poder Judicial el 07-07-2010, 22:02 (UTC)
 Sala Segunda

RELACIÓN DE CONVENIENCIA MUTUA NO LA REGULA DERECHO LABORAL

· Fallo de casación laboral determinó que no se estuvo en presencia de una relación de trabajo, sino en una relación simbiótica en la que ambas partes obtuvieron un provecho.

Determinar que no existió una relación laboral entre una Junta de Educación y una mujer a la que se le prestaba un casa propiedad del centro educativo, pues lo que medió fue un vínculo que no reunió los elementos primordiales de subordinación jurídica y remuneración periódica, fue lo que estableció la Sala Segunda en voto de mayoría.
Pese a que una mujer solicitó en una demanda laborar el pago de todos los extremos labores a partir del tiempo en que comenzó a vivir en dicha casa, pues alegó que brindó seguridad al centro educativo, el Alto Tribunal de Casación Laboral concluyó que lo que se dio fue una relación de conveniencia mutual, en la que la entidad demandad no solo prestó una casa a la actora, para que esta pudiera proveerle a su familia un lugar con las condiciones necesarias para subsistir dignamente, son que además le brindó repetidas oportunidades para que consiguiera un trabajo estable con el Estado, por lo que tal vínculo no es objeto de regulación del derecho de trabajo.
De acuerdo con la sentencia 2010-000691, “…su permanencia en la vivienda localizada en la Escuela Centro América, fue obra de la solidaridad de los miembros de la comunidad los cuales siendo participantes de una Junta de Educación y, atendiendo a la problemática social y familiar que vivía la actora, desinteresadamente decidieron colaborar con ella haciendo uso de los recursos que el cargo que ostentaban les permitía; lo que para efectos de la disciplina del derecho hizo nacer una relación de conveniencia mutua o simbiótica”.
En el análisis de este caso, el Alto Tribunal de Casación Laboral determinó que la legislación laboral costarricense tiene como ámbito de aplicación aquellas relaciones de servicio ejercidas por cuenta ajena, en un esquema de subordinación jurídica y a cambio de una remuneración periódica y a la luz del artículo 493 del Código de Trabajo, en el caso concreto nunca se estuvo en presencia de una relación laboral, “sino una relación simbiótica en la cual ambas partes obtuvieron un provecho, pues por un lado la actora se benefició con un lugar donde vivir y por otro la demandada se favoreció indirectamente teniendo alguien en las instalaciones de la escuela por las noches y fines de semana”.
Además, el hecho de que varios testigos señalaran a la actora como guarda de la escuela, a criterio de la Sala Segunda la ocupación de la casa habitación fue lo que consolidó una apariencia ante terceros, sin embargo al analizar el material probatorio se determinó que las labores que ejecutaba la actora, eran simples tareas rutinarias o cotidianas que cualquier persona haría en su lugar de residencia y no del resultado del ejercicio de una subordinación jurídica según las reglas del artículo 19 del Código de Trabajo.
Para los magistrados de la Sala Segunda, se reforzó la tesis de la Junta de Educación de la escuela recurrida de que “por razones de solidaridad, solucionó los problemas habitacionales de una madre y sus hijos que se encontraban en desamparo, suceso que es explícitamente expuesto por …, quién agregó, asimismo que nunca existió una remuneración periódica mientras duró la relación entre las partes…Debe comprenderse que la dinámica de la relación, hizo que la Junta demandada no estuviera sometida a tal obligación, porque la realidad de las cosas es que la presencia de la actora en las instalaciones de la Escuela Centro América, al final de cuentas consistió en una colaboración social. Además, no se estima razonable que una persona fungiendo como guarda, pasara un lapso tan considerable en funciones de tal envergadura, sin recibir el pago del salario”.
También se destacó que en diversos períodos la mujer fungió como cocinera y posteriormente fue nombrada como conserje de la escuela en propiedad, lo que evidenció que su fuente de ingresos monetarios era por esas funciones.
La demanda laboral fue presentada ante el Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de San José, contra la Junta de Educación de la Escuela Centroamericana, en la cual la actora solicitó la cancelación de vacaciones, aguinaldo, horas extras, feriados, descanso semanal, salarios atrasados e intereses, pues adujo que laboró para la institución 13 años y ocho meses, tras firmar contratos esporádicos con la entidad para el cuido de las instalaciones hasta el 2003, al habitar una casa propiedad de la escuela.
El conflicto se dio cuando la dirección del centro en setiembre del 2004 le solicitó desalojar el inmueble.
El Juzgado y el Tribunal de Trabajo declararon con lugar la demanda y ordenaron el pago de todos los extremos laborales solicitados. La entidad demandada elevó el caso ante la Sala Segunda, que revocó la sentencia recurrida al determinar que no existió una relación laboral entre la actora y la demandada, durante el tiempo en que la mujer vivió en una vivienda del centro educativa, pues lo que se dio fue una relación de conveniencia mutua.
Por este caso, la magistrada Julia Varela Araya salvó el voto y declaró con lugar la demanda, al argumentar entre otros aspectos que el artículo 18 del Código de Trabajo que señala el principio de primacía de la realidad, “…tiene como finalidad lograr la tutela efectiva de los derechos laborales de los trabajadores (as) cuando el empleador (a) utilice subterfugios como la simulación de contratos distintos al laboral o la denominación distinta para luego negar la existencia de una relación laboral y substraerse de las obligaciones legales que emanan de ese tipo de vínculo”.
 

GUARDACOSTAS AUXILIAN A 7 BAÑITAS ESTE FIN DE SEMANA
Ministerio de Seguridad Pública el 07-07-2010, 22:01 (UTC)
 Manuel Antonio, Quepos
GUARDACOSTAS AUXILIAN A 7 BAÑITAS ESTE FIN DE SEMANA
Gracias a las labores preventivas realizadas por oficiales del Servicio Nacional de Guardacostas durante este fin de semana 7 bañistas fueron puestos a salvo.

Así lo confirmaron oficiales destacados en la zona, quienes indicaron que los rescates se realizaron desde las 1 hasta aproximadamente las 4 de la tarde.

Las acciones se llevaron a cabo en la Playa de Manuel Antonio en Quepos y según indica el reporte del Servicio Nacional de Guardacostas, los rescates se dieron principalmente a bañistas quienes se vieron víctimas de las corrientes.

En la zona se encuentra destacada la patrullera “Río Naranjo” y además dos unidades móviles con oficiales quienes recorren la zona a pie.

Los oficiales del Servicio Nacional de Guardacostas hacen un llamado para que los vacacionistas tomen las medidas necesarias antes de ingresar a la playa o la piscina.

Algunos de esos consejos son los siguientes:

1. Si va nadar nunca lo haga sólo.
2. Nade cerca de los salvavidas
3. Observe señales o banderas que usualmente indican posibles peligros para los bañistas, normalmente las banderas rojas indican peligro.
4. Siga las instrucciones de los salvavidas o de personas autorizadas.
5. Si es atrapado por alguna corriente trate de conservar la calma para reservar energía.
6. Nade de forma perpendicular a la corriente o de forma paralela a la playa.
7. Si no hay un salvavidas en la zona llame al 9-1-1 o a la autoridad más cercana./.PMS
 

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