< >

Noticias y notas

Aquí encontrara lo mejor de las noticias nacionales.
LA SALA CONSTITUCIONAL RECHAZA DE PLANO LA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA ARTICULO 242 DEL CODIGO DE FAMILIA
María Isabel Hernández, Sala Constitucional el 28-05-2009, 19:50 (UTC)
 San José, 28 de mayo de 2009.


LA SALA CONSTITUCIONAL RECHAZA DE PLANO LA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA ARTICULO 242 DEL CODIGO DE FAMILIA



La Sala Constitucional rechazo de plano la acción de inconstitucionalidad que pretendía eliminar del artículo 242 del Código de familia la frase “entre un hombre y una mujer” para que en su lugar se leyera “entre personas”. Además, se mantuvo la frase “que posean aptitud legal para contraer matrimonio”. El Magistrado Jinesta Lobo redactará una nota al respecto.


Esta acción fue resuelta por sentencia 2009-8909 de las 14:43 hrs. del 27 de mayo de 2009.


La solicitud de inconstitucionalidad fue presentada por el abogado de apellidos Castrillo Fernández quien estima que se debe legitimar las uniones de hecho para el disfrute de pensión si el compañero muere y hasta de seguro social, a pesar de que exista el impedimento para la celebración del matrimonio.


El recurrente considera que esta norma es violatoria de los derechos de igualdad, libertad, dignidad, libre desarrollo de la personalidad, salud, a formar una familia y recibir la protección del Estado y el acceso a la seguridad social.


El artículo en cuestión indica lo siguiente:


“Artículo 242.- La unión de hecho pública, notoria, única y estable, por más de tres años, entre un hombre y una mujer que posean aptitud legal para contraer matrimonio, surtirá todos los efectos patrimoniales propios del matrimonio formalizado legalmente, al finalizar por cualquier causa”



TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES TIENE COMPETENCIA PARA INTERPRETAR EL ARTICULO 72 DE LA LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CUANDO SE REFIERE A FUNCIONARIOS PUBLICOS DE ELECCION POPULAR


La Sala Constitucional arbitró, este 27 de mayo, el conflicto de competencia entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Contraloría General de la República, y estableció que el TSE tiene competencias suficientes, con respaldo constitucional, para interpretar el artículo 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría, en el sentido de que puede desaplicar la prohibición allí prevista respecto de la postulación y eventual ejercicio posterior de cargos de elección popular.


El magistrado Armijo y la magistrada Salazar salvaron el voto y declararon que la competencia la tiene la Contraloría General de la República.


Este conflicto fue resuelto por sentencia 2009-8920 de las 14:54 hrs. del 27 de mayo de 2009 y fue presentado por la Contralora General, Rocío Aguilar Montoya quien reclama que el ejercicio pleno para declarar y aplicar la prohibición de ingreso o reingreso a un cargo de la Hacienda Pública, a quien haya cometido un delito o falta grave contra las normas que integran el sistema de fiscalización es exclusivo de la Contraloría.


La disyuntiva aparece cuando esta competencia se la atribuyó el TSE, mediante la resolución No.3869 del 15 de diciembre de 2006, al interpretar el ese artículo en el sentido de que “la prohibición allí prevista no resulta aplicable respecto de la postulación y el eventual ejercicio posterior de cargos de elección popular”.


El artículo en conflicto indica lo siguiente:


“ARTICULO 72.- PROHIBICION DE INGRESO O DE REINGRESO DEL INFRACTOR

No podrá ser nombrado en un cargo de la Hacienda Pública quien haya cometido un delito o falta grave contra las normas que integran el sistema de fiscalización, contemplado en esta Ley o contra la propiedad o la buena fe de los negocios.

La presente prohibición tendrá vigencia por un plazo que no será menor de dos años ni mayor de ocho años, a juicio de la Contraloría General de la República, la cual resolverá con vista de la prueba del caso.

Asimismo regirá la prohibición, por igual plazo, en contra de ex servidores públicos que intenten reingresar a la Hacienda Pública, cuando hayan cometido un delito o falta grave como los mencionados en los numerales anteriores, aunque su relación de servicio anterior con la Hacienda Pública haya terminado sin responsabilidad de su parte.

Además, se aplicará la prohibición aquí establecida contra el servidor público que haya sido despedido, por haber cometido un delito o falta grave como los ya citados.

Al aplicar la prohibición anterior, la Contraloría fijará su duración dentro de los límites indicados y computará, en favor del afectado, el tiempo durante el cual haya permanecido fuera de la Hacienda Pública, después de su último cargo en ella.

La acción para aplicar la prohibición aquí establecida prescribirá en un plazo de diez años, a partir de la comisión del delito o de la falta grave indicados en este artículo.


(NOTA DE SINALEVI: Mediante resolución N° 3869 del 15 de diciembre de 2006, el Tribunal Supremo de Elecciones interpretó este artículo en el sentido de que “la prohibición allí prevista no resulta aplicable respecto de la postulación y el eventual ejercicio posterior de cargos de elección popular”).”

 

ARESEP indaga bajo olor en gas licuado de petróleo
Ana Carolina Mora, ARESEP el 28-05-2009, 19:49 (UTC)
 ARESEP indaga bajo olor en gas licuado de petróleo

Un ciudadano denunció ante la Autoridad Reguladora que el gas licuado de petróleo (GLP) mantiene una baja odorización.


De acuerdo con el quejoso, la dosis de etilmercaptano que introduce la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) es poco perceptible al olor, y de acuerdo con sus propias mediciones es inferior a 5 ppm, cuando lo establecido son 12 ppm.


El GLP es un combustible utilizado por la industria, comercio, turismo y consumidores residenciales.


El etilmercaptano es un aromatizante con un olor semejante al azufre, lo que permite detectar cualquier fuga de gas.


La ARESEP solicitó a RECOPE los últimos análisis de laboratorio de GLP para confirmar el resultado de las pruebas de etilmercaptano que dispone la empresa. RECOPE construyó desde enero un laboratorio que se encarga de la inclusión del odorizante.


La ARESEP recomienda a la ciudadanía estar vigilantes y extremar las medidas de seguridad en el manejo de los cilindros de gas, para detectar un eventual escape del producto.
 

PAGO DE EXTREMOS LABORES DEBEN CONTEMPLAR COSTO DE VIDA
Andrea Marín Mena, Poder Judicial el 28-05-2009, 19:46 (UTC)
 PAGO DE EXTREMOS LABORES DEBEN CONTEMPLAR COSTO DE VIDA

· Cuando patrono se atrasa en cancelación de liquidación de ex trabajador y según particularidad del caso.


Una empresa distribuidora de bebidas deberá cancelar a un ex empleado los dineros adeudados por concepto de aguinaldo y vacaciones con motivo de su despido, pero dichos montos deberán contemplar el costo de la vida.
Las particularidades de este caso llevaron a determinar al Alto Tribunal de Casación Laboral que las causas que llevaron al patrono a tomar la decisión de despido fueron debidamente justificadas, sin embargo señalaron la obligación de la empresa a pagarle los extremos labores por concepto de vacaciones y aguinaldo, pero aplicando la indexación, es decir, calculando el valor real de lo adeudado según el costo de la vida actual.
A esta determinación llegaron los magistrados de la Sala Segunda en la sentencia 2009-000260. “…la actualización monetaria no constituye propiamente una indemnización sino un mecanismo de pago de lo verdaderamente adeudado, lo justamente debido, al momento del incumplimiento, lo cual, en esa inteligencia, no resulta prohibido”, estableció la sentencia.
Según señaló el fallo de la Sala Segunda, este cálculo debe ejecutarse al no existir un mecanismo de actualización monetaria que lo indique, pues por el incumplimiento prolongado de la parte deudora, acarrea un desplazamiento económico hacia el propio deudor y un empobrecimiento para el acreedor.
“…la no aplicación de la figura de la indexación ante casos como el que nos ocupa, frente a la dilación culpable en el cumplimiento de las obligaciones laborales por parte del empleador, significaría privilegiar a la parte más fuerte de la relación, permitiéndole beneficiarse, a partir de la inflación, de su morosidad, con lo cual se violenta el principio protector que inspira el derecho de trabajo y que se recoge en el artículo 17 del Código de Trabajo”, indicaron los magistrados laboralistas.
Por esta razón, el Alto Tribunal de Casación Laboral revocó la sentencia que dictó el Juzgado de Trabajo de Heredia y confirmada por el Tribunal de Trabajo, únicamente en lo que respecta a la decisión de denegar la petición de aplicar la indexación sobre los extremos que condenó a la parte demandada a pagarle al actor ¢149 105 y ¢74 553 por concepto de vacaciones y aguinaldo.
“En su lugar, se acogen esos reglones en el entendido de que la accionada deberá pagarlos actualizados al valor presente al momento del pago, en el mismo porcentaje en que haya variado el índice de precios para los consumidores para el Área Metropolitana, que lleva el órgano competente de determinar ese porcentaje, cuya fijación se deja para la etapa de ejecución de sentencia. En lo demás se confirma la sentencia de que se conoce”, estableció la Sala.
La demanda laboral la presentó un hombre de apellidos Bolaños Hernández ante el Juzgado de Trabajo de Heredia y contra la empresa distribuidora de bebidas para la que laboraba.
La relación laboral inició el 14 de noviembre del 2002, sin embargo fue despedido sin responsabilidad patronal en marzo del 2006.
El actor alegó que no cometió ningún delito ni falta contra la propiedad de la empresa, ni en ninguna otra falta grave, por lo que inició un proceso laboral para solicitar el pago de horas extras, vacaciones y aguinaldo, además de que se indexara el monto correspondiente, a efecto de que fuera pagado con el valor del dinero al momento de su efectiva cancelación.
La Sala Segunda concluyó al igual que el Juzgado y el Tribunal de Trabajo que la falta grave que se le atribuyó al ex empleado facultó a dar por concluida la relación de trabajo sin responsabilidad patronal, pero se les reconoció el pago de aguinaldo y vacaciones debidas por la empresa distribuidora.
Sin embargo para la Sala, la indexación por lo adeudado sí es válida. “…la Sala ha sostenido que la indexación es una indemnización consistente en reajustar la moneda con la cual se pactó una obligación, con el fin de evitar los efectos de la inflación (sentencia N°. 315 de las 9:30 horas, del 5 de diciembre de 1997)”, reiteró la resolución laboral.
“… en tanto se le reconoció al accionante el pago del aguinaldo y las vacaciones debidas por la parte demandada, procede ajustar el valor de esa obligación dineraria a valor presente, pues con vista en los autos don …fue despedido el 11 de marzo de 2006, sin que se le cancelaran … esos extremos legales (lo que era una obligación patronal), y tampoco efectuara la parte empleadora…depósito alguno ante el despacho judicial a efecto de librarse de su obligación y con ello no hacer más gravosa la situación del trabajador, reteniendo sumas de dinero que le correspondían por derecho”, estableció la Sala Segunda
 

Inician obras para dar casas a damnificados por terremoto
Cortesía Habitat para la humanidad el 28-05-2009, 19:38 (UTC)
 Proyecto en Tambor, Alajuela
Inician obras para dar casas a damnificados por terremoto
· Familias estarían en sus casas en agosto próximo.
· Gracias a donación de ¢120 millones

Desde el pasado 23 de mayo comenzaron a efectuarse los primeros movimientos de tierra correspondientes al proyecto habitacional Tambor, que la organización Hábitat para la Humanidad Costa Rica (HPHCR) está efectuando gracias al aporte de ¢120 millones por parte de la empresa Florida Bebidas, para la construcción de viviendas para 13 familias damnificadas por el terremoto del 8 de enero.

Según la organización, estas primeras acciones consisten en acondicionar y hacer la nivelación del terreno, que actualmente está destinado para la siembra de caña de azúcar. Posteriormente, para la primera semana de junio, se tiene programado la demarcación de los lotes, así como el abastecimiento de previstas de área común de la comunidad, como aguas negras, potables, pluviales, aceras, entre otras. Dos semanas después, el 22 de junio, se empezará de lleno con la construcción de las casas, la cual se tiene prevista finalice en la tercera semana de agosto.

Para las labores constructivas, Hábitat funcionará con el sistema de voluntariado que la caracteriza. Los voluntarios, entre los que se destaca los 800 colaboradores de Florida, quienes trabajarán tres días a la semana, al lado de uno o dos miembros de las familias.

Según Carlos Vargas, ingeniero del proyecto, de las 13 casas, 10 contarán con 2 habitaciones y un área total de 44 m2 (previstas para la ampliación a 3 habitaciones) y 3 casas con 3 habitaciones y de 58 m2, para un total de terreno por construir cercano a los 685 m2.

Las familias beneficiadas fueron seleccionadas por el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), y ya recibieron una capacitación financiera, que Hábitat brinda con el fin de mejorar las costumbres en el manejo del presupuesto familiar.
El convenio entre Hábitat y Florida, se firmó en febrero pasado, y la iniciativa surgió debido al interés de la empresa de bebidas de ayudar a uno de sus colaboradores quien perdió su casa en el terremoto, y quien forma parte de uno de los beneficiados.

Para más información y consultas comuníquese con Angie Ramírez por el (506)2292-8021 ext. 101 o el 8832-0551

Hábitat para la Humanidad Costa Rica
Es una organización sin fines de lucro que anhela eliminar toda vivienda infrahumana y crear las condiciones para que todos tengan un lugar apropiado para vivir y hacer del tema de albergue digno un asunto de conciencia y acción. Con 12 años de presencia en Costa Rica y seis oficinas distribuidas en todo el país, Hábitat presta servicios a las personas de escasos recursos bajo la filosofía de que ofrecer una vivienda adecuada es mucho más que un techo.
 

POLICÍAS Y NIÑOS CELEBRARON EN GRANDE EL “DÍA DEL DESAFÍO”
Minsterio de Seguridad Pública el 28-05-2009, 19:20 (UTC)
 Hubo actividades en escuela Mauro Fernández y en el polideportivo de Hatillo 2.
POLICÍAS Y NIÑOS CELEBRARON EN GRANDE EL “DÍA DEL DESAFÍO”
• Niños y docentes se mostraron agradecidos con el aporte policial en los temas de prevención.

Para muchos este día es común y corriente; sin embargo, para decenas de niños, educadores y padres de familia la historia es diferente.

Esto gracias a la labor preventiva que realizan los policías del Ministerio de Seguridad Pública que integran el Programa de Seguridad Comunitaria y Violencia Intrafamiliar de la Región de San José, quienes esta mañana se organizaron para celebrar el “Día del Desafío”.

Este día, que fue instituido en el mundo el ultimo miércoles del mes de mayo de cada año y
que surgió en Canadá a mediados de 1980, tiene como objetivo reunir a las comunidades
para compartir y lograr que el mayor número de ciudadanos realicen actividad
física por un mínimo de 15 minutos continuos, rompiendo la cotidianidad y generando un
estímulo a la práctica del ejercicio y el deporte.

Por esa razón, los policías se desplazaron al centro educativo Mauro Fernández y al
Polideportivo de Hatillo 2 en San José, para compartir con los niños, educadores y padres de
familia. En esos lugares, los oficiales organizaron actividades deportivas y recreativas como
partidos de fútbol, armaron rompecabezas, carrera de sacos, entre otras.

Hoy, los policías, en coordinación con personeros del Comité Cantonal de Deportes de
San José, fomentaron en los niños y niñas la cultura de actividades deportivas y el trabajo en
equipo. Asimismo, implementaron estrategias para tratar de solucionar los principales
problemas sociales que afectan a sus comunidades.

Por otra parte, se abrieron espacios de acercamiento que le permiten a la policía, estudiantes y público en general mejorar la relación entre ambos actores. CEHF
 

PODER JUDICIAL RENDIRÁ CUENTAS SOBRE GASTO 2008
Andrea Marín Mena, Poder Judicial el 28-05-2009, 19:18 (UTC)
 Ante Asamblea Legislativa

PODER JUDICIAL RENDIRÁ CUENTAS SOBRE GASTO 2008

· Cita será este jueves 28 de mayo a las 10 a.m. en Salón Arturo Volio, en el Castillo Azul.

Cumplir con la política de transparencia que aplica desde hace varios años el Poder Judicial en materia presupuestaria, será la labor que realizará el Presidente de la Corte, Luis Paulino Mora Mora este jueves 28 de mayo ante la Asamblea Legislativa.
Mora Mora hará la entrega del informe de liquidación del gasto 2008 ante el presidente del Congreso, Francisco Antonio Pacheco y los jefes de las diversas fracciones legislativas.
La cita tendrá lugar en el Salón Arturo Volio, en el Castillo Azul, a partir de las 10 de la mañana, en la cual también asistirá Alfredo Jones y Marta Ash, Director Ejecutivo y jefa del Departamento de Planificación del Poder Judicial.
El presupuesto total de la Institución aprobado mediante presupuesto ordinario y extraordinario para el año 2008 ascendió a la suma de ¢168.392.053.744,00, cuya ejecución superó el 97%.
 

<- Volver  1 ...  741  742  743 744  745  746  747 ... 780Siguiente -> 
 
Este sitio web fue creado de forma gratuita con PaginaWebGratis.es. ¿Quieres también tu sitio web propio?
Registrarse gratis