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DESPIDOS DE TRABAJADORES SINDICALES EN INFOCOOP FUERON LEGALES
Poder Judicial el 21-05-2009, 20:56 (UTC)
 Fallo Sala Segunda



DESPIDOS DE TRABAJADORES SINDICALES EN INFOCOOP FUERON LEGALES



· Confirman sentencia que declaró sin lugar demanda laboral.

· Proceso de reestructuración inició en el 2000 y los despidos se concretaron tres años después.



Al considerar que el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP) no incurrió en discriminación sindical, durante los despidos que se dieron en el 2003, con motivo de un proceso forzoso de reestructuración, la Sala Segunda confirmó la sentencia laboral que declaró sin lugar la demanda interpuesta por cuatro trabajadoras de dicha institución.

Del análisis de este caso específico, los magistrados del Alto Tribunal de Casación Laboral determinaron que el fin de la reestructuración no fue reducir las plazas existentes en la institución, sino transformarlas en puestos profesionales para brindar un mejor servicio en cargos claves de la institución, independiente de la participación sindical de las actoras.

“… es un hecho público y notorio que el despido de las accionantes no constituyó un hecho individual y discriminatorio en virtud de su condición de representantes sindicales como lo han sostenido las recurrentes. Quedó demostrado que su cese tuvo lugar por la reestructuración emprendida por el demandado –prevista desde el año 2000-, tendiente fundamentalmente a una mayor eficiencia en la asistencia técnica brindada por dicho instituto; proceso que contó con el aval del Ministerio de Planificación y Política Económica así como con el de la Autoridad Presupuestaria”, señaló la sentencia 2009-000285.

Para los magistrados laboristas, “de conformidad con las razones expuestas, no puede concluirse que el despido tuviera una finalidad discriminatoria y que se haya dispuesto con el único fin de entorpecer la labor del sindicato. “La indebida valoración de las pruebas acusada por las recurrentes no logró determinarse y, al contrario, se estima que las valoraciones hechas estuvieron ajustadas a las reglas aplicables en esta materia (artículo 493 del Código de Trabajo). Así las cosas, no pueden acogerse los agravios de la parte recurrente y, en consecuencia, el fallo impugnado debe ser confirmado”, indicó la resolución.

El fallo de la Sala Segunda estableció que existió una objetividad de parte de la empresa a la hora de emprender el proceso de modernización, que se reflejó con la contratación de un profesional en derecho, para evitar que las medidas implementadas dentro del proceso de modernización no resultaran violatorias del fuero sindical, que cubría a una parte de los trabajadores.

Además, se constató que “… el proceso de reestructuración no tuvo por objeto la destrucción del sindicato, como tampoco tomar represalias por la pertenencia a éste. Así, basta observar como dentro del grupo cesado, se incluían tanto personas sindicalizadas como no sindicalizadas, aunado a que los primeros representan un número menor (12) que el de aquellos no pertenecientes a tal organización (14), amén de que un importante grupo de trabajadores sindicalizados (17) continúan vinculados al demandado”, estableció la Sala Segunda.

En el año 2000, el Instituto inició un plan de modernización y reorganización institucional, para procurar una mayor eficiencia en la asistencia técnica. El manual de puestos y la escala salarial de la nueva estructura organización fue aprobada por la Junta Directiva del INFOCOOP y la Autoridad Presupuestaria. Además se realizó un estudio para determinar los alcances legales del “fuero sindical” dentro de la reestructuración y se le dio participación al sindicato.

Es así como en el 2003 se inició con los despidos del personal destacado en limpieza, seguridad y mantenimiento, entre los que se incluyeron los de las actoras.

Tres de ellas, de apellidos Arias Romero, Guerrero Burgos, Núñez Araya, se desempeñaban como misceláneas, cuyas plazas se transformaron en Técnico en Desarrollo Humano, Asesor Técnico Legal y “Coordinador Proceso Tecnología de Información y la de la cuarta de apellidos Ramírez Silva denominada “Promoción y Capacitación de Cooperativas” se convirtió en “Asesor Técnico Social”.

Sin embargo, por no cumplir con los requisitos para ocupar las plazas con nuevas funciones, las mujeres tuvieron que ser despedidas, junto a 22 empleados más.

Las actoras presentaron en setiembre de ese mismo año una demanda laboral ante el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, por considerar que no se respectó la protección al fuero sindical. En el proceso solicitaron que se declarara sin efecto sus despidos y se ordenara la reinstalación en sus puestos con el pleno goce de sus derechos, así como el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta su efectiva reinstalación. Sin embargo el Juzgado declaró sin lugar en todos sus extremos la demanda.

Pese a que elevaron el caso en apelación ante el Tribunal del Trabajo, Sección Cuarta, éste confirmó la sentencia recurrida, la cual quedo finalmente en firme luego de que la Sala Segunda resolvió el caso.

 

AUTORIDADES BUSCAN A PAKISTANÍ PERDIDO EN DOMINICAL
Ministerio de Seguridad Pública el 21-05-2009, 20:53 (UTC)
 Guardacostas y Vigilancia Aérea
AUTORIDADES BUSCAN A PAKISTANÍ PERDIDO EN DOMINICAL

• Avioneta que sufrió emergencia se encontraba en búsqueda de extranjero.

Oficiales del Servicio de Vigilancia Aérea, así como del Servicio Nacional de Guardacostas, junto con miembros de la Cruz Roja realizan patrullajes por aire y mar con el fin de localizar a un turista originario de Pakistán, que al parecer desapareció cuando nadaba junto a varios amigos en Dominical, cantón de Osa.

El pakistaní, de 25 años de edad, identificado como Aly Zain Salin Lakewala y quien residía en Estados Unidos, es buscado por las autoridades desde este domingo y, con motivo de este rastreo, se han realizado dos patrullajes que incluyen Dominical y Uvita en el cantón de Osa, así como el distrito de Savegre, en el cantón de Aguirre.

El primer sobrevuelo por parte de Vigilancia Aérea se dio este domingo mientras que un segundo se realizó la mañana de este lunes. Para estos patrullajes se utilizaron las aeronaves “MSP- 017” así como la “MSP- 010”.

AVIONETA QUE ATERRIZÓ EN PIÑAL BUSCABA CUERPO DE PAKISTANÍ

El Viceministro de Seguridad y Director del Servicio de Vigilancia Aérea, comisario Oldemar Madrigal, confirmó que la avioneta MSP-010, tipo Cessna Centurión 210 que sufrió pérdida de potencia en el motor y aterrizó de emergencia en un piñal, se encontraba en la búsqueda del extranjero.

La aeronave sufrió el incidente a las 12:15 de esta tarde y aterrizó tres millas sureste del centro de Quepos, cantón de Aguirre, Puntarenas.

Además, el comisario Madrigal confirmó que a pesar de este incidente la búsqueda del turista pakistaní continuará el martes. PMS.
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Complejo Policial “Juan Rafael Mora Porras”



---------- Mensaje reenviado ----------
From: Direccion de Prensa
To:
Date: Mon, 18 May 2009 16:46:22 -0600
Subject: AUTORIDADES BUSCAN A PAKISTANÍ PERDIDO EN DOMINICAL




Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública
Oficina de Prensa y Relaciones Públicas
Teléfonos: 2586-4072, 2586-4073, 2586-4074, 2586-4075, 8352-0987, 2286-3846, 8812-9169, Fax: 2226-6794,
Correo electrónico: prensa1@msp.go.cr

Lunes 18 mayo del 2009

Guardacostas y Vigilancia Aérea
AUTORIDADES BUSCAN A PAKISTANÍ PERDIDO EN DOMINICAL

• Avioneta que sufrió emergencia se encontraba en búsqueda de extranjero.

Oficiales del Servicio de Vigilancia Aérea, así como del Servicio Nacional de Guardacostas, junto con miembros de la Cruz Roja realizan patrullajes por aire y mar con el fin de localizar a un turista originario de Pakistán, que al parecer desapareció cuando nadaba junto a varios amigos en Dominical, cantón de Osa.

El pakistaní, de 25 años de edad, identificado como Aly Zain Salin Lakewala y quien residía en Estados Unidos, es buscado por las autoridades desde este domingo y, con motivo de este rastreo, se han realizado dos patrullajes que incluyen Dominical y Uvita en el cantón de Osa, así como el distrito de Savegre, en el cantón de Aguirre.

El primer sobrevuelo por parte de Vigilancia Aérea se dio este domingo mientras que un segundo se realizó la mañana de este lunes. Para estos patrullajes se utilizaron las aeronaves “MSP- 017” así como la “MSP- 010”.

AVIONETA QUE ATERRIZÓ EN PIÑAL BUSCABA CUERPO DE PAKISTANÍ

El Viceministro de Seguridad y Director del Servicio de Vigilancia Aérea, comisario Oldemar Madrigal, confirmó que la avioneta MSP-010, tipo Cessna Centurión 210 que sufrió pérdida de potencia en el motor y aterrizó de emergencia en un piñal, se encontraba en la búsqueda del extranjero.

La aeronave sufrió el incidente a las 12:15 de esta tarde y aterrizó tres millas sureste del centro de Quepos, cantón de Aguirre, Puntarenas.

Además, el comisario Madrigal confirmó que a pesar de este incidente la búsqueda del turista pakistaní continuará el martes. PMS.
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SENTENCIA CONDENATORIA POR DENUNCIA CALUMNIOSA
María Isabel Hernández, Corte Suprema de Justicia el 21-05-2009, 20:52 (UTC)
 Ofendido un Juez de la República


SENTENCIA CONDENATORIA POR DENUNCIA CALUMNIOSA


· Imputada deberá pagar ¢50 millones por acción civil resarcitoria.



Por denunciar y acusar falsamente a un hombre de violación agravada, abuso sexual y coacción, a quien se le demostró su inocencia en estos hechos, una mujer deberá descontar una pena de cuatro años de cárcel y el pago de la acción civil resarcitoria por el delito de denuncia calumniosa.

A esta decisión llegó esta mañana el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José al declarar a “Marín Pandolfi autora responsable del delito de denuncia calumniosa en perjuicio del juez David Hernández Suárez y en tal sentido, se le impone el tanto de cuatro años de prisión, pena que deberá cumplir en el lugar y forma que determinen los Reglamentos Penitenciarios previo abono de la preventiva sufrida si la hubiere”.

Además se declaró con lugar la acción civil resarcitoria contra la imputada, a quien le corresponderá pagar por daño moral la suma de ¢50 millones y ¢4 millones por honorarios de abogado.

Los hechos que dieron lugar a esta condenatoria tuvieron lugar entre noviembre y diciembre del 2004, cuando la encartada presentó ante el Ministerio Público una denuncia contra Hernández Suárez por los delitos de violación agravada, abuso sexual contra persona mayor de edad y coacción.

La investigación de la Fiscalía de Delitos Sexuales no logró encontrar prueba que involucrara al ofendido con los hechos denunciados, además de que existió una serie de contradicciones en las pruebas que remitió la ofendida y por tanto se concluyó que no se observó ninguna actitud de acoso sexual de Hernández Suárez contra la acusada.

Ante esta situación, Hernández Suárez, quien en ese momento llevaba el juicio por el homicidio de Parmenio Medina, presentó esta querella contra la mujer, porque consideró que a pesar de su inocencia, Marín Pandolfi actuó de forma dolosa, sin tomar en consideración la relevancia e impacto que iba a causar la denuncia falsa en su contra y aprovechó la publicidad que tenía el caso judicial a su cargo.

Además consideró que hubo una intención por afectar su imagen en la opinión pública, al exponer el caso ante los medios de comunicación y donde en algún momento se exigió la separación de Hernández Suárez de su cargo como juez del “Caso Parmenio”.

 

SENTENCIA CONDENATORIA POR DENUNCIA CALUMNIOSA
Gianina Aguilar, Tribual Supremo de Elecciones el 21-05-2009, 20:51 (UTC)
 Ofendido un Juez de la República


SENTENCIA CONDENATORIA POR DENUNCIA CALUMNIOSA


· Imputada deberá pagar ¢50 millones por acción civil resarcitoria.



Por denunciar y acusar falsamente a un hombre de violación agravada, abuso sexual y coacción, a quien se le demostró su inocencia en estos hechos, una mujer deberá descontar una pena de cuatro años de cárcel y el pago de la acción civil resarcitoria por el delito de denuncia calumniosa.

A esta decisión llegó esta mañana el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José al declarar a “Marín Pandolfi autora responsable del delito de denuncia calumniosa en perjuicio del juez David Hernández Suárez y en tal sentido, se le impone el tanto de cuatro años de prisión, pena que deberá cumplir en el lugar y forma que determinen los Reglamentos Penitenciarios previo abono de la preventiva sufrida si la hubiere”.

Además se declaró con lugar la acción civil resarcitoria contra la imputada, a quien le corresponderá pagar por daño moral la suma de ¢50 millones y ¢4 millones por honorarios de abogado.

Los hechos que dieron lugar a esta condenatoria tuvieron lugar entre noviembre y diciembre del 2004, cuando la encartada presentó ante el Ministerio Público una denuncia contra Hernández Suárez por los delitos de violación agravada, abuso sexual contra persona mayor de edad y coacción.

La investigación de la Fiscalía de Delitos Sexuales no logró encontrar prueba que involucrara al ofendido con los hechos denunciados, además de que existió una serie de contradicciones en las pruebas que remitió la ofendida y por tanto se concluyó que no se observó ninguna actitud de acoso sexual de Hernández Suárez contra la acusada.

Ante esta situación, Hernández Suárez, quien en ese momento llevaba el juicio por el homicidio de Parmenio Medina, presentó esta querella contra la mujer, porque consideró que a pesar de su inocencia, Marín Pandolfi actuó de forma dolosa, sin tomar en consideración la relevancia e impacto que iba a causar la denuncia falsa en su contra y aprovechó la publicidad que tenía el caso judicial a su cargo.

Además consideró que hubo una intención por afectar su imagen en la opinión pública, al exponer el caso ante los medios de comunicación y donde en algún momento se exigió la separación de Hernández Suárez de su cargo como juez del “Caso Parmenio”.

 

El próximo 8 de junio vencen importantes términos en el TSE
Gianina Aguilar, Tribual Supremo de Elecciones el 21-05-2009, 20:49 (UTC)
 El próximo 8 de junio vencen importantes términos en el TSE


El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recuerda a todos los partidos políticos que no lo han hecho que, el próximo 8 de junio es el último día para acreditar los ajustes estatutarios. Esto para contar con una clara fijación del porcentaje que destinarán del porcentaje de la contribución estatal a actividades de capacitación y organización.

El TSE enfatiza a los partidos políticos que la omisión de estos datos acarrea la pérdida integral del derecho a la contribución estatal del periodo respectivo (resolución Nº 1257-P-2000 y acuerdo del artículo cuarto de sesión ordinaria Nº 004-2009, del 15 de enero del 2009).

Asimismo, el próximo 8 de junio vence el término para que todo partido político inscrito a escala nacional y provincial presente, por medio de su comité ejecutivo superior, un presupuesto donde incluirán sus posibles gastos durante el desarrollo sus actividades político-electorales. Las agrupaciones que no presenten esta información a tiempo perderán un 5% del monto que eventualmente les corresponda de la contribución estatal (según lo dispuesto en el artículo 176 del Código Electoral y artículo tercero de la sesión ordinaria Nº 01-2009, celebrada el 6 de enero del 2009).

De igual forma, el 8 de junio es el último día para que los partidos políticos puedan cambiar de nombre o de divisa (artículo 59 del Código Electoral) y para que presenten la solicitud de inscripción ante el Registro Civil (artículo 64 del Código Electoral).

 

PÉRDIDA DE POTENCIA EN MOTOR OBLIGA A PILOTOS DE VIGILANCIA AÉREA A ATERRIZAR EN PIÑAL
Ministerio de Seguridad Pública el 21-05-2009, 20:47 (UTC)
 Incidente con avioneta de Seguridad Pública en Quepos
PÉRDIDA DE POTENCIA EN MOTOR OBLIGA A PILOTOS DE VIGILANCIA AÉREA A ATERRIZAR EN PIÑAL


Una emergencia con una aeronave del Ministerio de Seguridad se presentó poco después del mediodía, cuando la avioneta matrícula MSP-010, tipo Cessna Centurión 210, sufrió pérdida de potencia en el motor.

Lo anterior motivó que el piloto, Capitán Allam Miranda, tomara la decisión de aterrizar en una calle ubicada en un piñal, situado tres millas al sureste del centro de Quepos, cantón de Aguirre, Puntarenas, en el Pacífico Central.

En la avioneta viajaba, además, el copiloto, Capitán Cristián Alvarado, y dos oficiales más del Servicio de Vigilancia Aérea.

El vuelo se realizaba para tratar de visualizar los cuerpos de dos personas que perecieron ahogadas en ese sector del Pacífico el pasado fin de semana.

La Dirección del Servicio de Vigilancia Aérea informó que el incidente se presentó a las 12:15 del medio día de este lunes 18 de mayo.

La aeronave no sufrió daños en su estructura y tampoco el personal sufrió heridas o golpes. RGC

 

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