| Acuerdo de Junta Directiva
BANHVI no podrá cuestionar o revisar los permisos o las autorizaciones firmes emitidas por otras instituciones
Decisión pretende eliminar entrabamientos burocráticos
La Gerencia General del Banco tiene en estudio la apertura de un procedimiento disciplinario, contra su asesor legal por presuntas intervenciones irregulares
Banco respalda decisión del Registro Nacional, que defiende el principio de legalidad establecido en la Ley de Urbanismo, la autonomía municipal y la fe pública de los agrimensores
La Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI) acordó prohibir que las oficinas de esa institución cuestionen o revisen los permisos o las autorizaciones emitidas por otras instituciones como el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, las Municipalidades y los Ministerios, entre otros.
El acuerdo señaló que el propio BANHVI y las Entidades Autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda deben respetar el Artículo 3 de la Ley 8220 que prohíbe poner en tela de duda los permisos o las autorizaciones firmes emitidas por otras entidades.
Asimismo la Junta Directiva del BANHVI tomó la decisión de prohibir a las jefaturas de esa entidad, cuestionar los permisos emitidos por otras instituciones que tramitan los proyectos de vivienda de interés social.
Mediante el Acuerdo 3, Artículo 4°, de la sesión N° 11-2017 del 9 de febrero pasado, la Directiva comunicó la decisión a la Gerencia General, a la Subgerencia de Operaciones y la Dirección del Fondo de Subsidios de Vivienda (FOSUVI).
La medida se adoptó para evitar que los funcionarios del Banco se atribuyan la potestad de cuestionar los avales otorgados por otras instituciones en relación con temas como los permisos de construcción, las autorizaciones de uso de agua, naturaleza o calificación de los proyectos y servidumbres de paso.
En el pasado esa costumbre entrabó el desarrollo normal de decenas de proyectos de vivienda en todo el país, y afectó a una importante cantidad de familias de escasos recursos y pobreza extrema vinculadas a proyectos individuales.
Es importante mencionar que esta resolución adoptada por la Junta Directiva del BANHVI aplica igualmente para las Entidades Autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, y al ser éstas una extensión del Banco el acuerdo es totalmente vinculante para esas instituciones financieras.
La decisión de la Junta Directiva del BANHVI refuerza la posición de Registro Nacional emitida en el oficio RIM-RN-0382-2015, según la cual resulta improcedente solicitar previo a la inscripción de un plano, que refiera a la existencia de servidumbres “una labor de supervisión e inspección de campo”.
Según el Registro Nacional (RN) solicitar inspecciones de campo de previo a la inscripción de un plano en un asiento catastral es contrario a la normativa vigente fundada en el principio de legalidad y; además, viola la autonomía de los gobiernos locales.
Para el Registro una petición encaminada a cuestionar un permiso otorgado por un Ministerio o Municipio transgrede la “independencia y organización territorial que otorgan las leyes de la República y el accionar de los municipios en las áreas geográficas que comprenden sus respectivos territorios”.
Además, el RN indicó que exigir que antes de registrar un plano funcionarios de la Subdirección de Catastro lleven a cabo visitas de campo contraviene la fe pública de que gozan los profesionales en agrimensura.
Precisamente sobre este particular, y ante una denuncia presentada por una firma desarrolladora, la Gerencia General del BANHVI tiene en estudio la apertura de un procedimiento disciplinario en contra del Lic. Rodolfo Mora Villalobos, Jefe de la Asesoría Legal del BANHVI, por presuntas intervenciones irregulares en torno a este tema.
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